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Fiscalidad

Declaración de la Renta 2025 para autónomos: guía completa

La campaña arranca el 8 de abril. Si eres autónomo, estás obligado a declarar, sin excepción. Aquí tienes todo lo que necesitas: plazos, gastos deducibles, novedades y cómo prepararte.

Boletín Claro12 min de lectura

La declaración de la Renta del ejercicio 2025 se presenta entre abril y junio de 2026. Para los autónomos no es opcional: todo trabajador por cuenta propia dado de alta en el RETA en 2025 está obligado a declarar, haya tenido ingresos, pérdidas o facturación cero. Da igual que solo estuvieras dado de alta un mes.

Esta guía cubre todo lo que necesitas: fechas, qué gastos te puedes deducir, las novedades fiscales de este ejercicio, los tramos de IRPF, cómo prepararte y los errores más habituales. Si durante el año has presentado los modelos trimestrales (130, 303…), la Renta es la regularización final: Hacienda ajusta cuentas entre lo que ya has pagado y lo que te corresponde.

Fechas clave de la campaña 2025-2026

  • 8 de abril — Inicio de la campaña. Se abre la presentación por Internet y el acceso al borrador en Renta WEB.
  • 6 de mayo — Empieza la confección por teléfono (hay que pedir cita desde el 29 de abril).
  • 1 de junio — Empieza la atención presencial en oficinas (cita previa desde el 29 de mayo).
  • 25 de junio — Último día para presentar con domiciliación bancaria.
  • 30 de junio — Fin de la campaña. Último día para presentar por cualquier vía.

Si te sale a pagar y quieres fraccionar

Puedes dividir el pago en dos plazos sin intereses: el 60% en junio (al presentar) y el 40% en noviembre. Marca la casilla de fraccionamiento al presentar. Si domicilias el pago, el primer plazo se carga el 30 de junio y el segundo el 5 de noviembre.

Todo autónomo está obligado a declarar

Desde 2023, todos los autónomos dados de alta en el RETA tienen la obligación de presentar la declaración de la Renta, independientemente del nivel de ingresos. No importa si has facturado 500 euros o 50.000, si has tenido pérdidas o si solo estuviste de alta un trimestre: si estuviste dado de alta en el RETA en algún momento de 2025, tienes que declarar.

Esto incluye a autónomos societarios, autónomos colaboradores y autónomos que compatibilizan con un trabajo por cuenta ajena.

Aunque te salga a devolver

Si tus pagos fraccionados (modelo 130) y las retenciones que te han practicado suman más de lo que te corresponde pagar, Hacienda te devuelve la diferencia. Pero solo si presentas la declaración. Si no declaras, pierdes la devolución.

Gastos deducibles: la lista completa

Un gasto es deducible si cumple tres condiciones: está vinculado a tu actividad económica, tienes factura que lo justifica y está registrado en tu libro de gastos. Estos son los principales:

Cuota de autónomos

La cotización mensual a la Seguridad Social es 100% deducible. Con el sistema de cotización por ingresos reales que se aplica desde 2023, tu cuota depende del tramo de rendimientos netos. Puedes consultar tu tramo en nuestra calculadora de cuota de autónomos.

Suministros si trabajas desde casa

Si trabajas desde casa, puedes deducir el 30% de la parte proporcional de los suministros (electricidad, agua, gas, internet) correspondiente a los metros afectos a la actividad. Ejemplo: si tu casa tiene 90 m² y usas una habitación de 15 m² como despacho (16,7%), puedes deducir el 30% de ese 16,7% de cada factura de suministros.

Dietas y manutención

Puedes deducir comidas y desplazamientos por trabajo con estos límites diarios: 26,67 €/día en España (53,34 € si pernoctas) y 48,08 €/día en el extranjero (91,35 € con pernocta). Requisito imprescindible: pagar con tarjeta en establecimientos de hostelería. Sin tarjeta no hay deducción.

Seguro de salud privado

Las primas del seguro de salud son deducibles hasta 500 €/persona al año, incluyendo cónyuge e hijos menores de 25 años que convivan contigo. Si hay discapacidad, el límite sube a 1.500 €/persona.

Resto de gastos deducibles habituales

  • Materiales y consumibles: material de oficina, materias primas, consumibles informáticos.
  • Alquiler del local u oficina: 100% deducible si es exclusivo para la actividad.
  • Suministros del local: electricidad, agua, teléfono, internet del local (100% si es exclusivo).
  • Asesoría y gestoría: servicios de asesoría fiscal, laboral, contable y jurídica.
  • Formación: cursos, certificaciones, libros y revistas profesionales.
  • Publicidad y marketing: web, anuncios, diseño, tarjetas de visita.
  • Amortizaciones: equipos informáticos, mobiliario, maquinaria, vehículo (según tablas de amortización).
  • Servicios bancarios: comisiones e intereses de cuentas y préstamos vinculados a la actividad.
  • Seguros: responsabilidad civil, seguro del local, multirriesgo.
  • Cuotas profesionales: colegios profesionales, asociaciones sectoriales.

Gastos de difícil justificación (el 5% automático)

Si estás en estimación directa simplificada (la mayoría de autónomos), Hacienda te permite deducir un 5% adicional sobre tu rendimiento neto positivo, con un tope de 2.000 € al año. Se aplica automáticamente, sin necesidad de aportar facturas. Es la forma que tiene Hacienda de reconocer que hay pequeños gastos de actividad que no siempre se pueden documentar.

¿Sabes cuánto te retienen en cada factura?

La retención de IRPF que te practican tus clientes se resta de lo que pagas en la Renta. Comprueba si te están reteniendo correctamente.

Calculadora de retención IRPF

Novedades fiscales del ejercicio 2025

El ejercicio 2025 trae varios cambios respecto al anterior. Estos son los que afectan directamente a autónomos:

  • Tipo máximo del ahorro sube al 30%: las rentas del ahorro que superen 300.000 € tributan al 30% (antes 28%). Afecta a dividendos, intereses y ganancias patrimoniales por encima de esa cifra.
  • Cotización por ingresos reales: segundo año completo del sistema de 15 tramos. La cuota mínima ronda los 200 €/mes y la máxima los 590 €/mes. Si declaras menos de lo que realmente ingresas, Hacienda regulariza al año siguiente.
  • Reducción del 5% en módulos se mantiene: los autónomos en estimación objetiva siguen aplicando una reducción del 5% sobre el rendimiento neto.
  • Vehículos eléctricos: se prorroga la deducción del 15% por compra de vehículos eléctricos enchufables y la deducción por instalación de puntos de recarga (hasta 31/12/2026).
  • Desaparecen deducciones agrarias: ya no aplica la deducción del 35% en gasóleo ni del 15% en fertilizantes que venía de los años anteriores.

Facturación electrónica en el horizonte

Aunque no afecta directamente a la Renta 2025, la facturación electrónica obligatoria entre empresas y autónomos (Ley Crea y Crece) empieza a aplicarse en 2026. Si aún no tienes un sistema de facturación adaptado, es buen momento para prepararte.

Tramos de IRPF 2025

El IRPF es un impuesto progresivo: no pagas el mismo porcentaje por todo tu beneficio, sino que cada tramo de renta tributa a un tipo diferente. Estos son los tramos generales (estatal + autonómico estándar):

  • Hasta 12.450 € → 19%
  • De 12.450 a 20.200 € → 24%
  • De 20.200 a 35.200 € → 30%
  • De 35.200 a 60.000 € → 37%
  • De 60.000 a 300.000 € → 45%
  • Más de 300.000 € → 47%

Cada comunidad autónoma puede ajustar su tramo. Madrid tiene los tipos autonómicos más bajos; Cataluña y Comunidad Valenciana los más altos (el tipo máximo agregado puede llegar al 54%). Si quieres estimar cuánto te queda neto después de impuestos y cuota, usa nuestra herramienta.

¿Cuánto te queda limpio al mes?

Introduce tu facturación y gastos. La calculadora aplica IRPF, IVA y cuota de autónomos para darte tu sueldo neto real.

Calcular sueldo neto

Cómo preparar la declaración paso a paso

No esperes al 8 de abril. La preparación se hace antes de que abra la campaña. Este es el proceso:

1. Reúne toda la documentación

  • Facturas emitidas y recibidas de todo 2025 (si usas software de facturación, expórtalas).
  • Modelos trimestrales presentados: 130, 303, 111 y 115 si los presentas.
  • Certificado de retenciones de tus clientes (las empresas a las que facturas con retención deben facilitártelo).
  • Recibos de cuota de autónomos de los 12 meses.
  • Extracto bancario de la cuenta de actividad.
  • Facturas de gastos deducibles: gestoría, seguros, suministros, formación, alquiler.

2. Cuadra los números antes de abrir Renta WEB

Calcula tu rendimiento neto: ingresos totales menos gastos deducibles. Comprueba que coincide aproximadamente con lo que has ido declarando en los modelos 130. Si hay una diferencia grande, revisa si te falta alguna factura o si hay un error en algún trimestre.

3. Accede al borrador y revísalo con lupa

Desde el 8 de abril puedes acceder a Renta WEB con certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico. Hacienda ya tendrá datos precargados (retenciones, datos de inmuebles, información bancaria). No aceptes el borrador sin revisarlo. Los datos de actividad económica casi nunca están completos: tú tienes que rellenar ingresos, gastos y las casillas de actividad.

El borrador no es tu amigo

Para los autónomos, el borrador de Hacienda es un punto de partida, no un resultado final. Los datos de actividad económica, gastos deducibles y amortizaciones casi nunca vienen precargados. Si confirmas el borrador sin añadir nada, probablemente pagues de más.

4. Rellena la sección de actividad económica

En Renta WEB, ve a la sección de rendimientos de actividades económicas. Ahí introduces tu epígrafe de IAE, el método de estimación (directa simplificada en la mayoría de casos), tus ingresos, tus gastos por categoría y las amortizaciones. Si no sabes cuál es tu epígrafe, consúltalo en nuestra herramienta de búsqueda de IAE.

5. No olvides las deducciones personales

Además de los gastos de actividad, comprueba las deducciones personales que te pueden aplicar:

  • Aportaciones a planes de pensiones: deducibles hasta 1.500 € anuales (o hasta 8.500 € con aportaciones de la empresa en planes de empleo).
  • Deducción por maternidad: 1.200 € anuales por hijo menor de 3 años si eres madre trabajadora.
  • Deducción por inversión en vivienda habitual: solo si la compraste antes de 2013 y venías aplicando la deducción.
  • Deducción por vehículo eléctrico: 15% del valor del vehículo (base máxima 20.000 €).
  • Deducciones autonómicas: varían por comunidad (alquiler de vivienda, familia numerosa, gastos educativos). Revísalas en la web de tu comunidad.

Errores comunes que te cuestan dinero

  1. Aceptar el borrador sin tocar: el borrador no incluye tus gastos de actividad. Si lo confirmas tal cual, declaras todos tus ingresos sin deducir nada.
  2. No deducir la cuota de autónomos: es el gasto deducible más fácil de olvidar y puede suponer más de 3.000 € al año.
  3. Olvidar los suministros de casa: si trabajas desde casa y no deduces el 30% proporcional, estás dejando dinero sobre la mesa cada año.
  4. No pedir certificados de retenciones: si facturas con retención a empresas y no declaras esas retenciones, acabas pagando dos veces.
  5. Mezclar gastos personales y profesionales: Hacienda puede rechazar gastos si no demuestras la vinculación con la actividad. Una cuenta bancaria separada para el negocio evita problemas.
  6. Presentar fuera de plazo: recargo del 1% + 1% por cada mes de retraso. Si es Hacienda quien te requiere, sanción del 50% al 150%.

El modelo 130 y la Renta: cómo encajan

El modelo 130 es un adelanto trimestral del IRPF. Cada trimestre pagas el 20% de tu beneficio acumulado, descontando los pagos anteriores y las retenciones. Cuando presentas la Renta, Hacienda calcula el IRPF total que te corresponde y resta todo lo que ya has pagado vía modelo 130 y retenciones.

Si durante el año tus pagos fraccionados han sido mayores que el IRPF que te corresponde, te sale a devolver. Si han sido menores, te sale a pagar la diferencia. Por eso es importante llevar los gastos al día durante el año: si deduces gastos reales en cada 130, el ajuste final en la Renta es pequeño y sin sustos.

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Prepárate antes de abril

La Renta no tiene por qué ser un drama. Si has llevado la facturación al día, has guardado las facturas de gastos y has presentado los modelos trimestrales, el grueso del trabajo ya está hecho. Lo que queda es trasladar esos números a Renta WEB, revisar que no falte nada y darle a enviar.

Lo que sí te puede sorprender es un cambio normativo que no viste venir: un nuevo tramo, un límite de deducción que cambia o un plazo que se modifica. El BOE publica estos cambios, pero no siempre es fácil detectarlos entre cientos de disposiciones diarias.

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