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Referencia actualizada

Tabla de cotización de autónomos

Bases, tipos, tarifa plana y cuotas de la Seguridad Social para autónomos en 2026

Tramos de cotización por ingresos reales

Bases y cuotas de cotización de autónomos 2026
Rendimiento neto mensualBase mínimaCuota mensualTabla
≤ 670 €653,59 €200,00 €Reducida
670 € – 900 €718,95 €220,00 €Reducida
900 € – 1166,7 €849,67 €260,00 €Reducida
1166,7 € – 1300 €950,98 €291,00 €General
1300 € – 1500 €960,78 €294,00 €General
1500 € – 1700 €960,78 €294,00 €General
1700 € – 1850 €1143,79 €350,00 €General
1850 € – 2030 €1209,15 €370,00 €General
2030 € – 2330 €1274,51 €390,00 €General
2330 € – 2760 €1356,21 €415,00 €General
2760 € – 3190 €1437,91 €440,00 €General
3190 € – 3620 €1519,61 €465,00 €General
3620 € – 4050 €1601,31 €490,00 €General
4050 € – 6000 €1732,03 €530,00 €General
> 6000 €1928,10 €590,00 €General

Puedes elegir una base superior a la mínima, hasta un máximo de 4909,50 €/mes (cuota: 1502,31 €/mes).

Desglose del tipo de cotización

Contingencias comunes

28.3%

Cubre IT, maternidad, jubilación

Contingencias profesionales (AT/EP)

1.3%

Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales

Cese de actividad

0.9%

Equivalente al "paro" del autónomo

MEI (equidad intergeneracional)

0.1%

Sostenibilidad del sistema de pensiones

Tipo total de cotización

30.6%

Tarifa plana para nuevos autónomos

80 €/mes durante 12 meses
Primeros 12 meses: 80 €/mes independientemente de los ingresos
Otros 12 meses más si tus rendimientos netos no superan el SMI (1.134 €/mes)
Requisito: no haber estado de alta en los 2 años anteriores (3 años si ya disfrutaste tarifa plana antes)

Casos especiales

Autónomos societarios

Base mínima: 1.533,99 €/mes

Cuota mínima: 469,40 €/mes

Equivale a la base mínima del grupo 1 del Régimen General

Pluriactividad

Meses 1–18: reducción del 50% de la cuota

Meses 19–36: reducción del 25% de la cuota

Para quien cotiza simultáneamente como autónomo y como trabajador por cuenta ajena

Baja por enfermedad común

Días 4–20: 60% de la base reguladora

Día 21 en adelante: 75% de la base reguladora

Los 3 primeros días no se cobran (carencia)

Baja por accidente y cese

AT/EP: 75% desde el día 1

Cese de actividad: 70% de la base reguladora

El cese equivale a la prestación por desempleo del autónomo

Cuando cambien las cuotas, lo sabrás antes que nadie

Monitorizamos el BOE cada día. Cuando se publiquen nuevas bases, tipos o cualquier cambio en cotizaciones, te lo resumimos para que no te pille desprevenido.

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Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula la cuota de autónomos?

Se aplica el tipo de cotización (30,60%) sobre la base de cotización que te corresponde según tus rendimientos netos mensuales. La base mínima depende de tu tramo de ingresos.

¿Puedo elegir una base de cotización superior a la mínima?

Sí, puedes elegir cualquier base entre la mínima de tu tramo y la máxima (4.909,50 €/mes). Cotizar más implica mejores prestaciones (baja laboral, jubilación, cese de actividad).

¿Qué es la tabla reducida y la tabla general?

La tabla reducida aplica a rendimientos netos por debajo de 1.166,70 €/mes y tiene bases más bajas. La tabla general aplica al resto de rendimientos y es la que se usa en la mayoría de casos.

¿Cuándo puedo cambiar de tramo?

Puedes solicitar el cambio de base de cotización hasta 4 veces al año (antes del 1 de marzo, mayo, agosto y noviembre), con efectos el día 1 del bimestre siguiente.

¿Qué pasa si me equivoco de tramo?

La TGSS regulariza al año siguiente comparando tus rendimientos reales con la base elegida. Si cotizaste de más, te devuelven la diferencia. Si cotizaste de menos, te reclaman la diferencia.

¿Los autónomos societarios pueden acceder a la tarifa plana?

Sí, desde 2023 los autónomos societarios pueden acogerse a la tarifa plana de 80 €/mes durante los primeros 12 meses, siempre que cumplan los requisitos generales (no haber estado de alta en los 2 años anteriores).