Referencia actualizada
Tabla de cotización de autónomos
Bases, tipos, tarifa plana y cuotas de la Seguridad Social para autónomos en 2026
Tramos de cotización por ingresos reales
| Rendimiento neto mensual | Base mínima | Cuota mensual | Tabla |
|---|---|---|---|
| ≤ 670 € | 653,59 € | 200,00 € | Reducida |
| 670 € – 900 € | 718,95 € | 220,00 € | Reducida |
| 900 € – 1166,7 € | 849,67 € | 260,00 € | Reducida |
| 1166,7 € – 1300 € | 950,98 € | 291,00 € | General |
| 1300 € – 1500 € | 960,78 € | 294,00 € | General |
| 1500 € – 1700 € | 960,78 € | 294,00 € | General |
| 1700 € – 1850 € | 1143,79 € | 350,00 € | General |
| 1850 € – 2030 € | 1209,15 € | 370,00 € | General |
| 2030 € – 2330 € | 1274,51 € | 390,00 € | General |
| 2330 € – 2760 € | 1356,21 € | 415,00 € | General |
| 2760 € – 3190 € | 1437,91 € | 440,00 € | General |
| 3190 € – 3620 € | 1519,61 € | 465,00 € | General |
| 3620 € – 4050 € | 1601,31 € | 490,00 € | General |
| 4050 € – 6000 € | 1732,03 € | 530,00 € | General |
| > 6000 € | 1928,10 € | 590,00 € | General |
Puedes elegir una base superior a la mínima, hasta un máximo de 4909,50 €/mes (cuota: 1502,31 €/mes).
Desglose del tipo de cotización
Contingencias comunes
28.3%
Cubre IT, maternidad, jubilación
Contingencias profesionales (AT/EP)
1.3%
Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
Cese de actividad
0.9%
Equivalente al "paro" del autónomo
MEI (equidad intergeneracional)
0.1%
Sostenibilidad del sistema de pensiones
Tipo total de cotización
30.6%
Tarifa plana para nuevos autónomos
Casos especiales
Autónomos societarios
Base mínima: 1.533,99 €/mes
Cuota mínima: 469,40 €/mes
Equivale a la base mínima del grupo 1 del Régimen General
Pluriactividad
Meses 1–18: reducción del 50% de la cuota
Meses 19–36: reducción del 25% de la cuota
Para quien cotiza simultáneamente como autónomo y como trabajador por cuenta ajena
Baja por enfermedad común
Días 4–20: 60% de la base reguladora
Día 21 en adelante: 75% de la base reguladora
Los 3 primeros días no se cobran (carencia)
Baja por accidente y cese
AT/EP: 75% desde el día 1
Cese de actividad: 70% de la base reguladora
El cese equivale a la prestación por desempleo del autónomo
Cuando cambien las cuotas, lo sabrás antes que nadie
Monitorizamos el BOE cada día. Cuando se publiquen nuevas bases, tipos o cualquier cambio en cotizaciones, te lo resumimos para que no te pille desprevenido.
Empezar gratis¿Cómo se calcula la cuota de autónomos?
Se aplica el tipo de cotización (30,60%) sobre la base de cotización que te corresponde según tus rendimientos netos mensuales. La base mínima depende de tu tramo de ingresos.
¿Puedo elegir una base de cotización superior a la mínima?
Sí, puedes elegir cualquier base entre la mínima de tu tramo y la máxima (4.909,50 €/mes). Cotizar más implica mejores prestaciones (baja laboral, jubilación, cese de actividad).
¿Qué es la tabla reducida y la tabla general?
La tabla reducida aplica a rendimientos netos por debajo de 1.166,70 €/mes y tiene bases más bajas. La tabla general aplica al resto de rendimientos y es la que se usa en la mayoría de casos.
¿Cuándo puedo cambiar de tramo?
Puedes solicitar el cambio de base de cotización hasta 4 veces al año (antes del 1 de marzo, mayo, agosto y noviembre), con efectos el día 1 del bimestre siguiente.
¿Qué pasa si me equivoco de tramo?
La TGSS regulariza al año siguiente comparando tus rendimientos reales con la base elegida. Si cotizaste de más, te devuelven la diferencia. Si cotizaste de menos, te reclaman la diferencia.
¿Los autónomos societarios pueden acceder a la tarifa plana?
Sí, desde 2023 los autónomos societarios pueden acogerse a la tarifa plana de 80 €/mes durante los primeros 12 meses, siempre que cumplan los requisitos generales (no haber estado de alta en los 2 años anteriores).